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Alemania: crisis de refugiados obliga a reformas

Kay Alexander Scholz (JOV/PK)12 de enero de 2016

¿Qué leyes podrían dar un orden al masivo flujo de solicitantes de asilo? El Parlamento alemán, debate sobre una nueva reforma para canalizar el registro de las cientos de miles de personas que buscan asilo.

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Colas de solicitantes de asilo ante las puertas de LaGeSo en Berlín.
Colas de solicitantes de asilo ante las puertas de LaGeSo en Berlín.Imagen: picture alliance/dpa/G. Fischer

Hay muchas cosas por mejorar en la política alemana de asilo. El gobierno de Merkel está elaborando nuevas leyes con la intención de sistematizar lo que algunos llaman "caos de refugiados".

Según estadísticas del Ministerio Federal del Interior, en 2015 llegaron a Alemania 1,1 millones de solicitantes de asilo, pero sólo alrededor de medio millón de ellos ha solicitado asilo.

Más personas siguen entrando al país sin registrarse. Aunque los peticionarios de asilo pueden registrarse ante cinco oficinas diferentes, estas no intercambian informaciones debido a que no están conectadas entre sí y tienen sistemas de computación incompatibles. Así, además de los “no registrados”, están las personas que se registran varias veces.

Ahora, el Gobierno federal se propone crear un registro central de extranjeros al que tengan acceso casi todas las autoridades alemanas. Ese registro deberá tener los datos necesarios para la identificación: fotos, huellas dactilares, país de origen, número de celular, vacunas, resultados de rayos x y otras informaciones de interés sanitario. También el grado de escolaridad o preparación académica debe estar plasmado en dicha ficha.

Digitalización de los datos personales

Las autoridades esperan así una plena identificación de los refugiados. Todas las oficinas que tengan que ver con peticionarios de asilo y refugiados tendrán un sistema digital de almacenamiento y comparación automática de huellas digitales, llamado “fast ID”. Si bien la Oficina Federal de Investigaciones Criminales (BKA) tendrá acceso a estos datos, no lo tendrá la oficina para la Protección de la Constitución (Verfassungsschutz).

Para evitar que algunas personas se registren como solicitantes de asilo en varios países a la vez, el Tratado de Dublin exige tomarles las huellas dactilares a dichas personas, una vez entren a un país de la Unión Europea. Si bien en Baviera se haN estado tomando las huellas dactilares, estas no son legibles en otras partes del país por la diferencia de software.

¿Lugar de residencia por orden?

Por otra parte, un representante de la Oficina federal de Migración y Refugiados (BAMF) ha alabado expresamente la idea de que sean las autoridades las que decidan el lugar de residencia de los solicitantes de asilo porque facilita la identificación única, evita la duplicación de información y permite un mejor control migratorio. La residencia asignada es otro de los datos que debe aparecer en el registro central. Muchos peticionarios de asilo no aceptan quedarse en pueblos pequeños y emigran a las grandes ciudades sin más capacidad para acogerlos.

A partir de febrero los refugiados recibirán una tarjeta con el registro del lugar de residencia asignado que solo se expedirá personalmente a la llegada y de la cual dependerá el pago de los subsidios de ayuda social.

Sin embargo, la organización Pro Asyl afirma que la permanencia de los refugiados no puede ser limitada a las zonas estructuralmente débiles, con pocos puestos de trabajo. Así, la integración en el mercado laboral y la sociedad se hacen más difíciles, critica dicha organización humanitaria.

La Oficina federal de Migración y Refugiados tiene aún 660.000 solicitudes de asilo pendientes que los 900 empleados encargados del registro deben tramitar, dijo un vocero del BAMF. Según Engelhard Mazanke, jefe de la LaGeSo de Berlín, la mayor oficina de inmigración de Alemania, en su entidad está tomando unos cinco meses para que alguien pueda presentar su pedido de asilo. Un grave retraso que algunos abogados pueden aprovechar, ya que el derecho europeo dispone que solo debe haber un máximo de ocho días entre la llegada a un país y la solicitud de asilo.