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Decreto de Maduro resta poderes a la ANV

4 de mayo de 2016

El Ejecutivo podrá cancelar o restringir mociones de censura contra funcionarios llamados a rendir cuentas. El mandatario denuncia "guerra legislativa" contra su gobierno.

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Imagen: Reuters/C.G. Rawlins

El presidente de Venezuela, Nicolás Maduro, dictó un decreto para restringir y diferir las mociones de censura que se hagan desde el Parlamento de mayoría opositora contra sus ministros que tienen como consecuencia la remoción del cargo de los funcionarios, según la Constitución.

"Se restringe y difiere (...) las mociones de censura que pudiera acordar la Asamblea Nacional (AN, Parlamento) contra los Ministros y Ministras del Poder Popular, o contra el Vicepresidente Ejecutivo en las cuales solicitaren su remoción", dice el decreto presidencial 2.309 difundido aunque tiene fecha de ayer.

La decisión se sustenta en el llamado Decreto de Emergencia Económica de enero de este año que emitió Maduro para atender la crisis del sector y que, aunque fue rechazado por el Parlamento, el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) le devolvió vigencia y validez tras atender un recurso de interpretación.

En el decreto hecho público se indica que esta decisión del Gobierno tendrá validez "hasta tanto cesen los efectos del Decreto de Emergencia Económica dictado por el presidente" con el objetivo de "garantizar la continuidad en la ejecución de las medidas económicas de emergencia".

Acusa de "sabotaje" a la ANV

El jueves pasado la AN aprobó una moción de censura y pidió la remoción del ministro de Alimentación, Rodolfo Marco, que no atendió a la solicitud de comparecencia ante la Cámara por la "emergencia alimentaria".

Ese mismo día Maduro calificó las actuaciones del Parlamento como "sabotaje" y dijo que no removería a su ministro porque la medida de la Asamblea supuestamente se tomó desacatando una decisión del TSJ que recientemente modificó el Reglamento de Interior y Debates de la AN.

La Sala Constitucional del máximo tribunal venezolano suspendió el 22 de abril pasado, de forma provisional, varias disposiciones del reglamento de la AN, según la sentencia.

Asimismo publicó, el mismo día del fallo, una medida cautelar que establece el cumplimiento de varias condiciones para que la AN pueda elaborar las leyes.

En esta sentencia, la Sala Constitucional ordenó "la incorporación -a nivel nacional- de la consulta popular obligatoria en la formación de las leyes" e informar a los diputados sobre la agenda de la sesión parlamentaria ordinaria 48 horas antes.

También, en consideración de "las limitaciones financieras del país", el Legislativo debe solicitar la autorización del Ejecutivo para los proyectos de ley "a los fines de determinar su viabilidad económica".

Más temprano, Maduro dijo que está en desarrollo una "guerra legislativa" y acusó al Parlamento de hacer leyes "a lo loco" y desacatar al TSJ.

EL(efe, El Universal)